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Renta 2017

Renta 2017

NOVEDADES RENTA 2017 EN CANARIAS

Desde la Asesoría Agapito de León, queremos darle a conocer un año más las novedades de la Campaña de la Renta 2017 para realizar la declaración.

Las novedades tecnológicas del año pasado han supuesto la desaparición del programa Padre, siendo sustituido por la plataforma Renta Web, a través de la cual se puede solicitar el borrador o realizar la declaración.

Desde nuestra asesoría queremos recomendarle que revise bien su declaración ya que muchos contribuyentes que presentan el borrador mediante este medio pueden no conocer todas las deducciones estatales o autonómicas o la manera de incluirlas.

Deducciones para la Declaración de la Renta 2017 en Canarias

  • Cambio de domicilio: Se mantiene la deducción por traslado de domicilio de habitual de una isla canaria a otra por motivos en 300 euros.
  • Deducción por alquiler de vivienda: podrá deducirse el 5% del dinero pagado durante el ejercicio fiscal 2017, hasta un máximo de 500 euros anuales. (Si la base imponible es inferior a 20.000 euros anuales (30.000 euros si se trata de una tributación conjunta)
  • Guarderías: Se incluye a su vez, la desgravación de gastos de guardería de un 15% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 400 euros anuales.
  • Dependencia: Las familias con personas a su cargo podrán beneficiarse de una deducción de 500 euros.  (En esta medida no se excluye a quienes tengan a su familiar dependiente en un centro especializado)
  • Adaptación de la vivienda a la movilidad reducida: Podrá deducirse el 10% de la factura de gastos por adaptar la vivienda a la discapacidad adicional a la ya existente en IRPF.
  • Obras para mejoras del medio ambiente: También podrá deducirse el 10% si se realizan obras que contribuyan a la eficiencia energética de la vivienda, para reducir así la demanda de energía como por ejemplo la instalación de fuentes de energías renovables, reducción del volumen de aguas grises, etc. (con un máximo de 700 €).

Familias

  • Las familias monoparentales: La persona que conviva con su descendiente menor de edad, mayor de edad con discapacidad y que no posean rentas anuales superiores a 8.000 €. En caso de no convivir con ellos, que si dependan económicamente y estén internados en un centro especializado, tienen una deducción de 100 euros .
  • Familias con niños menores de 3 años: Podrán deducirse el 15% de los gastos de guardería hasta 400 euros, anuales.
  • Familias con niños con edad de escolarización hasta el bachillerato: Podrán deducirse el 15% de los gastos  hasta 100 euros (por todos los hijos) anuales.

Otras deducciones

  • Gastos Médicos: deducción del 10% de los gastos sanitarios (gastos médicos, farmacéuticos, pruebas diagnósticas, etc)
  • Acogimiento : Por acoger en casa a un menor con carácter de urgencia, temporal o permanente tendrá una deducción de 250 euros por cada menor. si la acogida no dura el año entero, se prorratea por el número de días reales de convivencia con el menor en el periodo impositivo.
  • Deducciones por donaciones a ONG con fines sociales y/o  ecológicos duplicando la deducción estatal.
  • Deducciones por donaciones para fines culturales, deportivos, de investigación o docencia.

 

Datos a tener en cuenta al realizar la declaración

Cuando vaya a realizar la Renta 2017, hay que tener en cuenta los cambios personales que se han producido en el último año y que puedan afectar a la declaración, como:

  • Cambio de domicilio.
    • Sobre el cambio de residencia, hay que tener en cuenta que, para que una persona sea considerada residente en España, tiene que haber vivido como mínimo 183 días.

      * Los  contribuyentes por IRPF deberán tributar por todas sus rentas, independientemente que se obtengan en España o en el extranjero

  • Estado civil.
  • Nacimiento de hijos.
  • Transmisión derechos de suscripción preferente: en el modelo de declaración se incorpora un nuevo apartado para consignar las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión de los derechos de suscripción preferente. Desde el 1 de enero de 2017 el importe obtenido por la transmisión de derechos de suscripción procedentes de valores cotizados, tendrá la consideración de ganancia patrimonial para el transmitente en el período impositivo en que se produzca dicha transmisión y  la «OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN».

¿Quién tiene obligación de realizar la declaración de la Renta?

Los contribuyentes con ingresos inferiores a 22.000 euros anuales están exentos de presentar la Declaración de la Renta cuando procedan de un solo pagador. Si ha tenido rentas procedentes de varios pagadores, el límite mínimo baja hasta los 12.000 euros. Ahora bien, es conveniente que repase el borrador, puesto que le puede salir a devolver, sobre todo si se aplicaron retenciones altas en la nómina y ha tenido un solo pagador

Hay que tener en cuenta otros ingresos como el de pensiones o rentas de productos financieros.

Existen también otras particularidades, según la naturaleza de las rentas obtenidas que obligan a tener que presentar la declaración de la Renta a pesar de que los ingresos sean inferiores a los límites antes señalados.

¿Renta conjunta o individual?

Se puede presentar la declaración de la Renta de forma conjunta cuando se cree una unidad familiar: estar casados, tener hijos (o ambas).

La situación familiar aplicable para la Campaña de la Renta será la establecida a 31 de diciembre de 2017.

Como norma general, la declaración conjunta será interesante para aquellas parejas en las que uno de los cónyuges no reciba ingresos o sean muy bajos y no superen el importe de 3.400 euros (reducción por tributación conjunta).
También resulta recomendable para las familias monoparentales (el progenitor y sus hijos, siempre que no obtenga unos ingresos superiores a 8.000 euros anuales)

En la Asesoría Agapito de León, realizamos la simulación de ambas declaraciones para saber cuál resulta más conveniente, en cada caso concreto.

Deducción por alquiler de vivienda

El fin de la deducción estatal por el alquiler de la vivienda habitual no afecta a todos aquellos contribuyentes que firmaron sus contratos antes del 1 de enero de 2015, pero cabe la posibilidad de una deducción autonómica. 

Reducción para los autónomos que iniciaran su actividad en el 2017

 

Los trabajadores por cuenta propia que hayan comenzado su actividad económica el año pasado podrán aplicarse un 20% de reducción en los rendimientos netos, aunque deben cumplir los siguientes requisitos:

  • No haber sido autónomos con anterioridad.
  • No superar los 100.000 euros anuales en 2017 en los rendimientos netos .
  • Menos de la mitad de los ingresos procedan de una persona física o entidad de la que el contribuyente haya obtenido rendimientos del trabajo.

¿Qué pasa si comete un error en la declaración o la presentó fuera de plazo?

 

Si detecta algún error u omisión de información en la declaración originaria, y ha pagado menos de lo que le corresponde, deberá presentar una auto-liquidación complementaria que no supondrá ningún coste adicional, siempre que se presente dentro del plazo establecido.

En el supuesto de que el error hubiese supuesto un mayor pago, podrá instar la rectificación de la declaración y solicitar el importe ingresado en exceso.

Si presentas la declaración fuera de plazo deberás pagar un recargo de entre el 5 al 20% sobre el total ingresar a la Agencia Tributaria. Sin embargo, esta sanción se puede elevar de un 50 a un 150% si es la Agencia Tributaria quien notifica que no se ha presentada la declaración cuando había obligación de hacerlo.

En la Asesoría Agapito de León  le revisamos y presentamos la declaración de la Renta con todas las garantías y evitará errores en su declaración.

Recuerde revisar los siguientes apartados en su declaración de la Renta 2017

Deducción por circunstancias personales Renta 2017

  • Nacimiento o adopción
  • Gastos de guardería
  • Contribuyentes con discapacidad y mayores de 65 años
  • Familia numerosa
  • Por acogimiento de menores
  • Familia monoparental
  • Por familiares dependientes con discapacidad

Deducción relativa a la vivienda habitual Renta 2017

          

  • Inversión en vivienda habitual
  • Obras de adaptación por discapacidad en vivienda habitual
  • Alquiler de vivienda habitual
  • Obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual

 

Deducción por donativos y donaciones Renta 2017

  • Donación en metálico a descendientes para la adquisición de la 1ª vivienda habitual
  • Donaciones con finalidad ecológica
  • Donaciones para la conservación del Patrimonio Histórico de Canarias
  • Donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia
  • Donaciones a entidades sin ánimo de lucro con finalidad ecológica

Otras deducciones autonómicas Renta 2017

  • Gastos de estudios de educación infantil, primaria, secundaria, bachillerato y formación profesional de grado medio.
  • Traslado de residencia a otra isla por motivos laborales.
  • Restauración y reparación de bienes inmuebles de interés cultural .
  • Contribuyentes desempleados.
  • Gastos de enfermedad.

En la Asesoría Agapito de León, en Arrecife (Lanzarote) le asesoramos, preparamos y presentamos su declaración de la Renta. Estaremos encantados de ayudarle, rellene el pequeño formulario y nos pondremos en contacto con usted o pase por nuestra oficina: 

Calle Peñas de Chache 9 BJ
35500 Arrecife ( Lanzarote)

Canarias

Tel: 928.806656

WhatsApp 655764468

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